sábado, 19 de abril de 2008

Derecho Romano


Para empezar....

Definición de Justicia (latín)

"Constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi"

Derecho Romano:

En sentido estricto, la expresión derecho romano designa el ordenamiento normativo contenido en la compilación de las leyes y jurisprudencias romanas realizas en el siglo VI. Este cuerpo legislativo, más tarde fue denominado Corpus iuris civilis
En sentido amplio es el conjunto de normas y principios jurídicos que rigieron las relaciones del pueblo romano entre la fundación de Roma (753 a. C.) hasta la muerte de Justiniano (565 d. C.)

2 comentarios:

samuel dijo...

Muy bueno el blog gracias por la informacion. samuel

Anónimo dijo...

BUENISIMO..GRACIASME AYUDO BASTANTE