La costumbre existe por si misma, va mas allá de la ley. No puede ser ilegítima.
Es una conducta repetida por los miembros de la sociedad, en forma uniforme y con consciencia de la obligatoriedad de esa conducta. Es duradera (elemento objetivo).
La consciencia de su obligatoriedad (elemento subjetivo) dice que la costumbre es derecho vivo.
La costumbre es una fuente formal, es decir, obligatoria.
*Tipos de Costumbre.
· Secundum Legem: cuando la ley se remite al uso, a la costumbre (art. 1424 del C. C.)
· Praeter Legem: no hay una ley que hable de ella, sin embargo sirve para regir las relaciones humanas (art. 17 del C. C.)
· Conducta Legem: va contra la ley (por ejemplo, las señas en los remates públicos -está prohibido, pero por costumbre se hace-).
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1 comentario:
interesante che, gracias
saludosss
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